Coordinación parentalidad

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Es un psicólogo con ampliación de estudios en coordinación de parentalidad que, designado por un juez*, ayuda a los padres en conflicto después de un divorcio o separación a cumplir con las órdenes judiciales y a resolver problemas relacionados con sus hijos, enfocándose siempre en el interés superior del menor.

Los coordinadores de parentalidad o COPAR tenemos formación especializada en resolución de conflictos, derecho de familia, formación específica en psicología infantojuvenil y dinámica familiar.

Funciones principales del coordinador de parentalidad:

      Ayuda en la aplicación del plan de parentalidad:

Previamente elaborado y aprobado por el juez, asiste a los padres en la ejecución de las decisiones judiciales sobre custodia, régimen de visitas y otras cuestiones relacionadas con el cuidado de los hijos.

      Resuelve conflictos menores:

Interviene en desacuerdos cotidianos entre los padres que puedan afectar el bienestar de los hijos, buscando soluciones que eviten la judicialización.

      Protege el interés superior del menor:

Su principal objetivo es garantizar el bienestar emocional y físico de los niños, tomando decisiones que minimicen el impacto negativo de la separación o divorcio en ellos.

      Facilita la comunicación:

Trabaja con los padres para mejorar la comunicación y la colaboración entre ellos, promoviendo un ambiente más saludable para los hijos.

      Informa al juez:

El coordinador parental informa al juez sobre los avances y dificultades a la hora de llevar a cabo las órdenes judiciales, y puede hacer sugerencias para resolver problemas.

 

DIFERENCIA CON LA MEDIACIÓN:

  • La mediación es un proceso voluntario, mientras que la coordinación de parentalidad es una medida ordenada por el juez. Puede solicitarse a su Señoría siempre velando por los menores.
  • El mediador debe ser neutral y mantener la confidencialidad, mientras que el coordinador parental puede tener una postura más activa y no tiene la misma obligación de confidencialidad. Además de que conoce las leyes del comportamiento humano y sabrá en todo momento por qué las partes actúan de una determinada manera u otra.
  • El coordinador parental puede tomar decisiones que modifiquen temporalmente aspectos de la vida cotidiana de los hijos, siempre en beneficio de su interés superior, mientras que el mediador no puede tomar decisiones.

 

En resumen, el coordinador de parentalidad es una figura clave en casos de divorcio o separación, que busca proteger el bienestar de los menores y facilitar la convivencia entre los padres, actuando como un puente entre ellos y el sistema judicial.

Más información:

El Psicólogo de Coparentalidad permite reducir la litigiosidad y el tiempo de resolución de las separaciones altamente conflictivas – Col·legi Oficial de Psicologia de la Comunitat Valenciana

https://revistamedicojuridica.com/blog/2024/01/01/el-coordinador-de-parentalidad/#:~:text=En%20nuestro%20sistema%20se%20exige,formaci%C3%B3n%20espec%C3%ADfica%20en%20coordinaci%C3%B3n%20parental.

La coordinación de la parentalidad reduce la conflictividad, mejora la comunicación entre progenitores y alivia la carga judicial en divorcios de alta intensidad – Infocop

*De forma amistosa, ambos progenitores pueden solicitar una coordinación de parentalidad antes de iniciar el proceso de separación o posteriormente.